Con pasos cada vez más acelerados, la ciencia
y tecnología se aplican a distintos ámbitos
de nuestra vida para la búsqueda de un mayor
grado de justicia. Por ejemplo, en el fútbol, la
FIFA, en el año 2012, implantó un sistema de
detección automática de goles para evitar los
errores arbitrales y los llamados “goles fantasmas”. Así mismo, el Video Assistant Referee –o
árbitro asistente de video, en español– (VAR)
se viene aplicando en distintos torneos oficiales
de FIFA desde el año 2017.
Utilizando un argumento contrafactual, de
haberse utilizado esta tecnología en tiempos
anteriores, la historia habría sido distinta. Pensemos en el gol con la mano de Maradona para
Argentina frente a Inglaterra en el mundial de
México 86, entre otras muchas historias en torneos oficiales que habrían tenido finales muy
diferentes.
A pesar de los evidentes beneficios del uso de
esta tecnología, hubo un fuerte debate al momento de ser aprobada. Muchos no estaban de
acuerdo porque “cambiaría la esencia y origen”
del juego. Pero lo cierto es que, si se cambia
para tener arbitrajes más justos o, por lo menos,
con menos injusticias, bajo decisiones subjetivas por parte de árbitros humanos, es correcto
utilizarlos.
Si eso sucede en el fútbol, ¿qué pasa con los
sistemas de justicia y derecho en los diferentes
Estados? Es evidente que en muchos Estados
se acude a la ciencia y tecnología para la investigación en distintos tipos de casos. Podemos
nombrar el uso del polígrafo para la detección
de un grado de honestidad. También, a la genética forense, que, por medio del análisis de
ADN, busca tener evidencia para desentrañar
algún caso penal de homicidio.
No obstante, existen otras instancias dentro
del sistema jurídico y político que necesitan de
un mayor uso de la ciencia y tecnología. Actualmente, es poco lo que se hace para saber si
una ley, decreto o reglamento cumple con los
objetos y fines propuestos pasado un tiempo de
su promulgación. Sucede que, en países como
Bolivia, que están bajo la estructura del Derecho Romano, los políticos de turno se encargan
de generar grandes cantidades de normas que
buscan regular el comportamiento de los individuos para “mejorar” el bien común; empero,
es poco o nada lo que se hace para conocer sus
efectos. Por ejemplo, con el Decreto 27477, de
2004, siendo presidente Carlos Diego de Mesa
Gisbert, se buscó mejorar las condiciones de
vida de individuos con discapacidad. En su artículo cuatro, sección primera, se establece que
toda entidad pública debe contar dentro de su
plantilla de funcionarios con un 4% de personas
con algún tipo de discapacidad. Luego, en 2017,
la Ley 977 estableció que los privados deben
tener, del total contratados, un 2% de personas
con algún grado de discapacidad, o que atiendan a personas con discapacidad severa. En
consecuencia, emergen las siguientes preguntas: ¿se cumple con el objetivo de la ley? Y, si
se cumple, ¿qué dice que lo cumple? Y, en caso
de no cumplirse, ¿qué limita su cumplimiento?
Actualmente, tres de cada cien habitantes en
Bolivia sufren de algún tipo de discapacidad,
y muchos esperan que estas normas puedan
ayudarlos en su inserción social y económica.
En un caso similar se encuentra la Ley 348,
que tiene como objeto establecer mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención,
protección y reparación a las mujeres en situación
de violencia, así como la persecución y sanción a
los agresores, con el fin de garantizar a las mujeres
una vida digna y el ejercicio pleno de sus derechos
para Vivir Bien. Desde su promulgación en
marzo de 2013, hasta hoy, ¿se cumple con el
objeto y finalidad que plantea la ley? ¿Cómo se
valora el cumplimiento? ¿Y de qué manera los
ciudadanos podemos informarnos del grado de
efectividad de esta norma?
Aquellas preguntas merecen respuestas, tomando en cuenta lo que viene pasando en el
país. En agosto de 2019, la BBC tituló una nota
que dice: «Feminicidios: la preocupación en
Bolivia por ser el país de Sudamérica en el que
matan a más mujeres». En esa nota se detalla que en Bolivia dos de cada cien mil mujeres
mueren asesinadas. Según algunas fuentes noticiosas locales, los feminicidios han ido incrementando. Por ejemplo, desde su promulgación
en 2013 hasta mediados de 2015, se registraron
115 casos de feminicidios; luego, sólo en 2017,
se registraron 109 feminicidios, cifra superada
en 2018, con 136, y con una pequeña baja en
2019, con 116 feminicidios. Se debe señalar
que el feminicidio es la etapa final de un calvario infernal por el que muchas mujeres pasan,
sufriendo distintos tipos de vejámenes mientras
están con vida. Al mismo tiempo, sería un error
pensar que el incremento de feminicidios diga
por sí solo que la Ley 348 no funciona, porque
hay otras variables que pueden intervenir para
que establezca el incremento. Por ejemplo, la
habilidad de los funcionarios públicos para
identificar la figura de feminicidio de otro tipo
de homicidios.
Lo que se plantea es que cada norma cuente
con indicadores de medición que permitan
evaluar su efectividad al cabo de un tiempo
después de su promulgación.
No se trata de crear una suerte de política
científica o vivir bajo el dominio de los algoritmos, sino más bien utilizar a la ciencia
como una herramienta que pueda advertir, de
manera pronta, a través de una base de datos,
aquellos errores o contradicciones que la norma
no considera. Al mismo tiempo, crear espacios
democráticos que permitan un debate racional
fundamentado en datos, allende de posturas
ideológicas fundamentalistas. Estos indicadores, en principio, pueden ser propuestos por
legisladores; empero, deberán ser consensuados
con los sectores directamente afectados que, a
su vez, también pueden proponer otro tipo de
indicadores que muestren su percepción de la
efectividad de la norma. En caso de que aquella
norma no consiga alcanzar su objeto y fines, a
través de los indicadores propuestos, se podrían
debatir sus efectos, impacto y resultados. Esto
se podría llevar a cabo por medio de un diálogo
entre partes con base al análisis de los datos
generados. En función de los resultados obtenidos, se pudiera establecer cambios y acelerar
el gradualismo democrático popperiano. O, en
todo caso, con resultados opuestos a los que
cada individuo o colectivo persigue, se podría
desechar la norma para elaborar una nueva que
se ajuste mejor a la realidad.
Con este tipo de medidas, podemos buscar,
por un lado, mejorar la efectividad de las normas, incrementar la participación ciudadana,
incentivar control social y evitar, en cierto modo,
las imposturas ideológicas fundamentalistas.
Es verdad, puede parecer romántico de aplicar; no obstante, es necesario que los ciudadanos, sectores e individuos, en general, busquemos alternativas a ese cúmulo de normas. Año
a año se gestan gran cantidad de ellas que, en
su mayoría, lo único que hacen es crear barreras
burocráticas, mayores injusticias, mellando la
dignidad del ciudadano, a quien no solo obstaculiza su convivencia, sino que es vilmente engañado por aquellos embusteros que ostentan
el poder político de turno.
Imagen tomada de :https://dpicuantico.com/category/suplemento/derecho-y-tecnologia/
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